¿Cómo se gestionan los residuos en los hospitales?

Publicado el 16 diciembre, 2013 por SIGRE

Los centros sanitarios, como hospitales, clínicas o laboratorios de análisis,  generan cientos de toneladas de residuos al año de muy diferente composición, que van desde residuos asimilables a urbanos (papel, vidrio, etc.) a residuos peligrosos e, incluso, radiactivos.

Es importante señalar que, por su origen y naturaleza, este tipo de residuos  no se encuentran incluidos dentro de los que SIGRE trata medioambientalmente, que son los domiciliarios, por lo que tienen que ser gestionados por los propios hospitales.

Imagen de la entrada de emergencia de un hospital

Con el objetivo de evitar un riesgo para la salud y para garantizar el cuidado del medio ambiente, la normativa sobre residuos sanitarios distingue la gestión de estos residuos dentro del hospital (intracentro) y fuera de éste (extracentro).

También es importante destacar que no existe uniformidad en la clasificación de estos residuos, utilizándose como referente las especificaciones establecidas en la normativa aprobada en cada Comunidad Autónoma.

No obstante, a pesar de estas dificultades, abordamos a continuación una clasificación con los grupos más comunes:

a)      Grupo I y II: Residuos generales y sanitarios asimilables a residuos urbanos, así como residuos sanitarios no específicos

Son los residuos que no requieren de exigencias especiales en su gestión medioambiental, al ser residuos urbanos o asimilarse a urbanos, tales como el cartón, el papel, el material de oficinas y despachos, cocinas, bares y comedores, etc.

En este grupo también se integran los residuos sanitarios no peligrosos que no plantean exigencias específicas en cuanto a su gestión, así como cualquier otro residuo sanitario no incluido en algunas de las categorías o grupos indicadas más adelante, como restos de curas y pequeñas intervenciones quirúrgicas, bolsas de orina vacías, recipientes desechables de aspiración, yesos, sondas, pañales y, en general, todos aquellos cuya gestión no precisa de requisitos especiales para prevenir infecciones.

Para gestionar medioambientalmente todo estos residuos, los hospitales tienen dos opciones: o los entrega a un gestor de residuos o bien al servicio municipal de recogida de residuos urbanos, de acuerdo con lo establecido en la normativa autonómica y en la ordenanza municipal.

b)      Grupo III: Residuos sanitarios específicos

A este grupo pertenecen  los residuos sanitarios que, por el riesgo de provocar una infección, requieren de una gestión en la que se apliquen medidas de prevención en su manipulación, recogida, almacenamiento, transporte y tratamiento.

Entre ellos, cabría citar los siguientes tipos de residuos: (i) infecciosos (residuos que pueden transmitir enfermedades); (ii) agujas y otro material punzante y/o cortante; (iii) vacunas vivas y atenuadas; (iv) sangre y hemoderivados en forma líquida; y (v) residuos anatómicos que, por su entidad, no estén incluidos en el Reglamento de la Policía Mortuoria.

Estos residuos tienen naturaleza de peligrosos por lo que su gestión se lleva a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos y, en su caso, por la normativa autonómica sobre residuos sanitarios.

c)       Grupo IV: Otros residuos sanitarios singulares

Son aquellos residuos cuya gestión está sujeta a requerimientos especiales desde el punto de vista sanitario y medioambiental. Entre los mismos cabe destacar:

Residuos químicos: se trata de materiales muy diversos que contienen residuos químicos, tales como disolventes, reactivos químicos, etc. Su gestión se realiza de conformidad con el Real Decreto 833/1988 y, en su caso, con la normativa autonómica sobre residuos sanitarios. En este grupo, se suelen incluir también los medicamentos que pudieran caducar en los hospitales.

Residuos citotóxicos y citoestáticos: son residuos compuestos por restos de medicamentos citotóxicos y todo material que haya estado en contacto con ellos, y que presentan riesgos carcinogénicos, mutagénicos y teratogénicos. Al igual que los anteriores, al ser peligrosos, su gestión se realiza de conformidad con el Real Decreto 833/1988 y, en su caso, con la normativa autonómica sobre residuos sanitarios.

Residuos radiactivos: residuos derivados de actividades de diagnóstico y tratamiento de enfermedades en los que se emplean algunos isótopos radiactivos y aparatos de rayos x y residuos derivados de su empleo. Su gestión se realiza mediante la entrega a un gestor autorizado para dicho tipo de residuos.

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